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CAI SpA, el Tribunal de Roma reconoce nuestro derecho a criticar

La investigación #VanghePulite - iniciada en este sitio el 1.1.21, con la publicación y comentarios sobre el 'expediente de veneno' anónimo sobre el círculo mágico de Coldiretti y CAI SpA alias Federconsorzi 2 (1) – ha sido y sigue siendo objeto de numerosas advertencias y acciones judiciales ante el Tribunal de Roma, en materia civil y penal, contra el autor y el editor de GIFT (Gran comercio de comida italiana).

El Tribunal de Roma ha confirmado finalmente el derecho del autor a informar y criticar, en particular en los artículos en los que se abordan las cuestiones de la pérdida de los fines mutualistas de los consorcios agrícolas fusionados en CAI SpA y las compensaciones extraordinarias reconocidas a las empresas de Gianluca. Lelli y Federico Vecchioni sobre operaciones de capital y finanzas extraordinarias.

1) Federconsorzi 2 y la 'capitalización' de fines mutualistas

Consorcio federal 2 alias CAI Srl, a través de tasaciones privadas encargadas por ella misma (en lugar de realizadas por peritos designados por el Tribunal, como se prevé en cambio para las sociedades anónimas), obtuvo la transferencia - sin pagar ningún precio - de todos los activos de diversos consorcios agrícolas. Y luego se transformó en una sociedad anónima.

objetivos mutuos que los consorcios agrícolas deben ejercer en favor de sus miembros, en virtud de la ley 410/99 que los regula (art. 2), han quedado relegados a acuerdos entre accionistas en una sociedad anónima que ahora cotiza en Piazza Affari.

Opiniones negativas y dudas. han sido expresados ​​por muchas partes, así como por el autor, con dudas sobre la compatibilidad entre los fines mutualistas de los Consorcios Agrícolas y su participación con poderes de decisión limitados en una sociedad anónima (2,3).

2) CAI SpA y los intereses familiares del círculo mágico de Coldiretti

La sentencia del 31 de julio de 2024 del Tribunal Civil de Roma - llamado a pronunciarse en el proceso iniciado por Federico Vecchioni y BF SpA contra el autor y el editor de GIFT - aclara que lo que se publica en este sitio es "indudable". Es decir que, en el momento material:

- 'El capital social de CAI Spa, que había fusionado cuatro consorcios agrícolas, había sido suscrito en un 36% por Bonifiche Ferraresi spa, propiedad del Dr. Vecchioni, y estaba gestionada por un consejo en el que figuraba como director general la sociedad ELFE Srl, atribuible nuevamente al actor y su familia;

– El director general de CAI spa era BT Srls, con Gianluca Lelli, responsable del área económica de Coldiretti, como único accionista;

– Vincenzo Gesmundo y Ettore Prandini, respectivamente secretario general y presidente de Coldiretti, participaron igualmente en la operación ya que “el accionista de BFSpA es Arum SpA con 4,952 millones de euros de capital social y sede en Turín (idéntico a ELFE Srl y EF Ss) ;

– el segundo accionista de Arum SpA es Progresso Srl (20% de las acciones. Misma sede que ELFE, EF, Arum). El único accionista de Progresso Srl es Lu.Mi. empresa sencilla, en la misma sede de Turín. Consejero de Progresso Srl y accionista único de Lu.Mi. ella es Lucia Liturri, esposa de Vincenzo Gesmundo;

– otro accionista de Arum es Agricola Quadrifoglio Srl (5% de las acciones), con sede en Brescia. los miembros Ettore Prandini (49%), Giovanna Prandini (49%) y Adele Treccani;

– Otro 5% de las acciones de Arum SpA está en manos de CC Holding Srl, con sede en Milán. Accionista mayoritario (90%) Claudio Costamagna, junto con Oliver Alessandro Costamagna (10%);

– finalmente, el 2,499% de Arum SpA está en manos de ELFE Srl, propiedad de la familia Vecchioni.'. (2)

3) Indemnización extraordinaria a las empresas de Gianluca Lelli y Federico Vecchioni

También es indudable, continúa el Tribunal Civil de Roma en la citada sentencia, que 'la junta de accionistas había aprobado la provisión "de una remuneración variable proporcional al tipo y valor de las operaciones realizadas por el Consejero Delegado igual al 1,5% del valor de las operaciones de capital realizadas y para el Consejero Delegado una remuneración variable igual hasta el 1,5% del valor de todas las operaciones financieras extraordinarias y, en particular, de las operaciones de fusiones y adquisiciones", circunstancia que confirma el correspondiente acta de los documentos.

"La tesis apoyada del demandado [Dario Dongo, ed.] según el cual "una serie de personas explotan sus posiciones en los sindicatos agrícolas para obtener ventajas personales que van más allá de las ya generosas retribuciones ligadas a estos cargos, a través de sus propias participaciones y/o de las de familiares miembros y familiares en empresas formadas con la riqueza de los agricultores -los Consorcios Agrarios precisamente- y con dinero público" [2] ciertamente ofrece una interpretación negativa de la operación en cuestión, (...) pero ciertamente no ilegítima, ya que se trata de una expresión de la libertad de expresión del pensamiento'. (4)

4) Derechos constitucionales de denuncia y crítica.

Darío Dongo, 'A partir de la información contenida en el Dossier anónimo, había realizado comprobaciones que incluían en sus artículos los resultados de las investigaciones de la Cámara de Comercio de las empresas implicadas y el contenido de las actas de las juntas de accionistas con un sesgo indudablemente crítico hacia la operación comentada, pero haciendo consideraciones basadas en datos objetivos.

Por tanto, no pueden censurarse a sí mismos. las consideraciones formuladas por el autor del artículo que, aunque ciertamente mordaces, entran dentro del ámbito del art. 21 de la Constitución, que encuentra aquí aplicación directa y constituye un pilar del Estado democrático y de la posibilidad efectiva del pueblo de ejercer su soberanía habiendo sido correctamente informado y habiendo podido conocer la opinión de los expertos en relación con todos los asuntos pertinentes. sector de interés social o público".

5) Justicia

La solicitud de compensación una indemnización de "al menos 150.000 euros" fue rechazada por el Tribunal de Roma, que declaró que la solicitud era infundada y, por lo tanto, condenó a Federico Vecchioni y a BF SpA a pagar las costas judiciales de 5.000,00 euros en concepto de indemnización, además del reembolso a tanto alzado (15 %) gastos generales, IVA y CPA

El juez Mientras tanto, el jefe de instrucción del Tribunal Penal de Roma había cerrado, el 18 de abril de 2023, las investigaciones contra el escritor tras la denuncia presentada por Gianluca Lelli por difamación en la prensa en relación con los mismos artículos.

un agradecimiento especial va para nuestra leona del Tribunal de Roma, la abogada Francesca Agostini, que también cuenta entre sus trofeos con el rechazo de las pretensiones del ex viceministro de políticas agrícolas Andrea Olivero, quien a su vez fue condenado al reembolso de las costas judiciales. (5)

#VanghePulite, #artículo21, #Égalité

Darío Dongo

Note

(1) Darío Dongo. Consorcios Agrícolas de Italia SpA, Federconsorzi 2? El expediente del veneno. REGALO (Gran Comercio Alimenticio Italiano). 1.1.21

(2) Darío Dongo. CAI SpA, Federconsorzi 2. La gran borrachera de Federico Vecchioni y el círculo mágico de Coldiretti. REGALO (Gran Comercio Alimenticio Italiano). 16.2.21

(3) Darío Dongo. Federconsorzi 2 aka CAI SpA, un poco de claridad. REGALO (Gran Comercio Alimenticio Italiano). 15.3.21

(4) Federico Vecchioni presentó ante el tribunal una carta certificada escrita a mano, sin acuse de recibo, en la que declaraba que renunciaba a la mencionada indemnización extraordinaria. Que sin embargo no le fueron reconocidos como persona física, pero a su empresa familiar ELFE Srl ni siquiera se le menciona en esta carta.

(5) Darío Dongo. Sede del establecimiento, decreto inaplicable para el Tribunal de Roma. REGALO (Gran Comercio Alimenticio Italiano). 5.1.19

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