El Consejo de Estado en Francia rechaza definitivamente las evocaciones ilegales del 'Camembert de Normandie', cuyo nombre se reserva exclusivamente a los quesos registrados como AOP (Appellation d'igine contrôlée, o DOP, DOP). (1)
Esto confirma la prohibición de indicar la referencia geográfica 'Fabricación en Normandía'('Hecho en Normandía') en la etiqueta de otros Camemberts (no AOP / DOP / DOP), ya que puede inducir a error a los consumidores. Una derrota para Lactalis y otras grandes lecherías.
1) 'Camembert de Normandie AOP' o Camembert'Fabricación en Normandía'?
El Camembert de Normandía AOP es un queso elaborado con leche cruda de vacas criadas exclusivamente en la zona de producción y en las condiciones establecidas en el pliego de condiciones de la denominación de origen protegida a nivel de la UE. (2)
Algunas lecherías grandes también producen una versión industrial de Camembert, en la misma región. Eso sí, sin estar sujeto al pliego de condiciones de producción ni registrarse en el sistema de calidad AOP.
Queso Camembert 'Fabricación en Normandía' por tanto, sólo significa que la lechería está ubicada en uno de los cinco departamentos de la región, independientemente del origen de la leche. Que a menudo se pasteuriza, en lugar de procesarse crudo.
2) Reg. UE 1151/2012, sobre esquemas de calidad para productos agrícolas y alimentarios
"nombres registrados [como DOP e IGP, ed.] están protegidos contra:
a) cualquier uso comercial directo o indirecto de un nombre registrado para productos que no están sujetos a registro, si estos últimos son comparables a los productos registrados con ese nombre o el uso de este nombre permite explotar la reputación del nombre protegido, incluso en caso de que dichos productos se utilicen como ingrediente,
b) cualquier usurpación, imitación o evocación, incluso si se indica el verdadero origen de los bienes o servicios o si el nombre protegido es una traducción [ej. Parmesan, ed] o se acompaña de expresiones tales como "estilo", "tipo", "método", "en la forma", "imitación" o similares, incluso si estos productos se utilizan como ingrediente,
c) cualquier otra indicación falsa o engañosa relativa a la procedencia, el origen, la naturaleza o las cualidades esenciales del producto utilizada en el envase o embalaje, en el material publicitario o en los documentos relativos al producto de que se trate, así como su uso, para el envasado, de envases que puedan inducir a error sobre su origen,
d) cualquier otra práctica que pueda inducir a error al consumidor sobre el verdadero origen del producto(Reglamento UE 1151/12, artículo 13.1).
DGCCRF, intervención para la represión del fraude
La DGCCRF – Dirección General de Competencia, Consumo y Prevención del Fraude, en el Ministerio de Economía francés - publicó una decisión el 9.7.20 donde se aclaró que:
- el uso de la expresión 'Fabricación en Normandía'en un queso Camembert que no cumpla con la especificación AOP (DOP) puede integrar una violación del reg. UE 1151/2012, (3) artículo 13, así como el Código de Propiedad Intelectual (artículo L. 722),
- las reglas antes mencionadas se aplican tanto a los productos colocados en el mercado de la UE como a los exportados a países con acuerdos de reciprocidad con la UE. De hecho, en todas partes, vale la pena agregar, después de la oración 14.7.22 del Corte de justicia europea (TJE) sobre feta falso 'Fabricado en Dinamarca', (4)
- por lo tanto, se ordenó a los operadores interesados que adaptaran sus etiquetas en consecuencia, antes del 31.12.20. Con invitación a comunicar a las autoridades competentes'el estado del stock remanente de etiquetas, así como las facturas de compra de los embalajes".
3) Francia, Consejo de Estado. Convocatoria fallida
La Unión de Productores de Camembert de Normandía -donde destaca la presencia del gigante Lactalis- presentó un recurso ante el Consejo de Estado. Solicitar la nulidad de la resolución 9.7.20 de la Represión del Fraude (DGCCRF), por exceso de facultades, y el reconocimiento de la posibilidad de llevar la redacción 'hecho en normandia«sobre quesos no registrados como DOP (DOP).
El Consejo de Estado en París, sin embargo, se expresó con rigor, refiriéndose a ambos reg. EU 1151/2012, y el Código Rural francés. Donde se especifica que 'El uso de indicaciones de origen o procedencia no debe ser tal que:
- inducir a error al consumidor sobre las características del producto,
- malversación o menoscabo de la reputación de un nombre reconocido como denominación de origen o registrado como indicación geográfica o como especialidad tradicional garantizada, o, más en general,
- comprometer, en particular mediante el uso indebido de una indicación geográfica en una denominación de venta, la especificidad de la protección otorgada a las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas y las especialidades tradicionales garantizadas(Código Rural, artículo L. 643-2, primer párrafo).
3.1) Dirección del operador responsable
el juez administrativo French también aclaró que la prohibición de indicar la redacción 'Fabricación en Normandía«no impide en modo alguno que los productores interesados indiquen, de manera adecuada, el nombre y la dirección del operador responsable. (5)
La Union Por lo tanto, el solicitante no tiene derecho a argumentar, según el Consejo de Estado, que la decisión de la DGCCRF no cumple con los requisitos de información al consumidor sobre productos alimenticios establecidos por el reg. UE 1169/11 (Reglamento de Información Alimentaria).
4. Conclusiones
"A la luz de los anteriores, y no habiendo serias dudas sobre la interpretación del Derecho de la Unión invocada, no procede plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea".
Dura lex sed lex. En la Unión Europea, los operadores no tienen margen para usurpar o evocar las denominaciones de origen registradas (DOP) y las indicaciones geográficas protegidas (IGP). Más allá de raras excepciones (6,7).
Darío Dongo
Nota:
(1) Consejo de Estado. Sentencia 22.7.22 n. 447234, https://www.conseil-etat.fr/fr/arianeweb/CE/decision/2022-07-22/447234 en la causa Syndicat normand des fabricants de camembert v. DGCCRF (direction générale de la concurrence, de la consommation et de la répression des fraudes), ministère de l'économie
(2) La disciplina de producción de Camembert de Normandie AOP (DOP) también prescribe un período de pastoreo de seis meses para las vacas, que deben ser 50% de raza normanda, y un moldeado especial de la caldera de procesamiento de queso.
(3) Darío Dongo. DOP, el Tribunal de Justicia de la UE aclara la prohibición de evocaciones. REGALO (Gran Comercio Alimenticio Italiano). 3.5.19
(4) Marta Strinati. Feta falsificado, el Tribunal de Justicia condena a Dinamarca. REGALO (Gran Comercio Alimenticio Italiano). 19.7.22
(5) Dirección del operador responsable, responde el abogado Darío Dongo. TARIFA (Requisitos de Alimentos y Agricultura). 15.5.20
(6) Darío Dongo. ingredientes DOP. REGALO (Gran Comercio de Alimentos Italianos). 2.1.18
(7) Darío Dongo. Vinagre balsámico de Módena, luz verde para imitaciones del Tribunal de Justicia de la UE. REGALO (Gran Comercio Alimenticio Italiano). 5.12.19
Dario Dongo, abogado y periodista, PhD en derecho alimentario internacional, fundador de WIISE (FARE - GIFT - Food Times) y Égalité.